De acuerdo a lo establecido en la Ley cuando se produjere la falta absoluta de un alcalde se procederá a una nueva elección. La detención de Pedro Hernández (PSUV), entonces alcalde de Santos Michelena de Aragua (Las Tejerías), reabrió el debate de los municipios que no tienen alcalde o porque fallecieron o sencillamente están detenidos.
En la información ofrecida por el gobierno, la aprehensión de Hernández, el 20 de marzo, es el resultado de su presunta vinculación con la banda de Carlos Enrique Gómez, alias «el Conejo», asesinado en un operativo policial el 24 de marzo.
Nélida Sánchez, coordinadora de Contraloría Electoral de Súmate, recuerda que desde enero de 2022 son tres los alcaldes detenidos y todos pertenecen al partido de gobierno. Además de Hernández, están detenidos Keyrineth Fernández, quien fuera alcaldesa del municipio Jesús María Semprún en el estado Zulia, y Carlos Rafael Vidal, quien en 2021 fue electo alcalde del municipio Independencia en Anzoátegui.
Destaca Sánchez que de acuerdo con el artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en el caso de los alcaldes de Semprún e Independencia se trata de una falta absoluta.
Según la Ley, cuando se produjere la ausencia absoluta del alcalde o alcaldesa antes de tomar posesión del cargo o antes de cumplir la mitad de su período legal, se procederá a una nueva elección, en la fecha que fije el organismo electoral competente (CNE). Estos alcaldes fueron electos el 21 de noviembre de 2021 y el período constitucional es de cuatro años.
Destaca Sánchez que de acuerdo con el artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en el caso de los alcaldes de Semprún e Independencia se trata de una falta absoluta.
Según la Ley, cuando se produjere la ausencia absoluta del alcalde o alcaldesa antes de tomar posesión del cargo o antes de cumplir la mitad de su período legal, se procederá a una nueva elección, en la fecha que fije el organismo electoral competente (CNE). Estos alcaldes fueron electos el 21 de noviembre de 2021 y el período constitucional es de cuatro años.
Se refiere a Wuhysmans González, nombrado por la cámara municipal como alcalde encargado. El dirigente, que fue candidato por la Alternativa Popular Revolucionaria, una coalición promovida por el PCV, había impugnado los comicios en los que ganó Keyrineth Fernández.
En febrero de 2022, el Partido Comunista de Venezuela (PCV) se «desmarcó» del nombramiento de González: «Esta designación ocurrió pocas semanas después de que el excandidato anunciara en redes sociales que su conciencia revolucionaria le dictara que debía regresar a sus banderas del PSUV. El PCV respeta su decisión de militancia, dado que en ningún momento se incorporó a nuestras filas y lo que se estableció en su momento fue un acuerdo programático en interés del pueblo de Jesús María Semprum».
La coordinadora de Súmate indica que con ese nombramiento se está violando el derecho de los electores que habiendo elegido a un candidato les impusieron a otra persona.
«Tienen derecho (los residentes de la localidad) a elegir a su alcalde. Si quisieran solicitar un referendo revocatorio, porque se vence la mitad del período, ¿a quién van a revocar?, ¿al titular o al encargado?», sostiene.
Keyrineth Fernández fue detenida el 28 de enero del año pasado y el Tribunal Décimo de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas la privó de libertad por el delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, sancionado en los artículos 149 y 163 de la Ley Orgánica de Drogas. También se le acusó del delito de asociación, tipificado en el artículo 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
En el caso de Carlos Rafael Vidal, según el fiscal general designado por la constituyente, Tarek William Saab, «aprovechándose de su cargo, y en complicidad con otras personas, entre las que se encuentran familiares y dueños de estaciones de servicio, manejaban un esquema de delincuencia organizada que funcionaba en dos fases».
El 21 de febrero de 2022, la Cámara Municipal de Independencia, en sesión extraordinaria, juramentó a Hernán Rodríguez Viña como alcalde. El funcionario venía de ser secretario de gobierno de Anzoátegui.
Nélida Sánchez refiere el antecedente de abril de 2014, cuando el CNE, presidido por Tibisay Lucena, convocó a elecciones de los alcaldes de San Cristóbal (Táchira) y San Diego (Carabobo) tras sentencia contra Daniel Ceballos y Enzo Escarano, respectivamente, por no acatar orden de prohibir barricadas y protestas.
Declaratoria de falta absoluta
En enero de este año, Súmate pidió a los concejos municipales de Independencia y Semprún de los estados Anzoátegui y Zulia, ponerse las pilas y declarar la «falta o ausencia absoluta» de los alcaldes, tras haber sido detenidos hace un año.
Al mismo tiempo, la asociación civil Súmate afirmó que con esta decisión ambos Concejos Municipales permitirían que sea la ciudadanía quien elija a quienes deben ejercer estos cargos de elección popular hasta que finalice el período constitucional y legal de cuatro años.
«Para que esto ocurra, los integrantes de los cuerpos legislativos municipales deben comunicar esta decisión al directorio del CNE, para que fije la fecha de la nueva elección. En caso contrario estarán desconociendo el derecho constitucional de la población de estas localidades de elegir a sus nuevos alcaldes», puntualizó Súmate.
En febrero de 2022, Enrique Márquez, vicepresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), dijo que en los municipios Semprún e Independencia había «un vacío de poder».
Márquez sostuvo entonces que los partidos deben «revisarse» y estudiar bien a quién impulsan para un cargo público. Al mismo tiempo, señaló que en el municipio Semprún la elección allí fue «muy conflictiva».
En el caso de Pedro Hernández, alcalde de Las Tejerías al momento de la detención, a la fecha se trata de una falta temporal: hasta el 5 de abril, habían transcurrido 18 días de su ausencia.
La norma indica que las ausencias temporales del alcalde o alcaldesa serán suplidas por el funcionario de alto nivel de dirección, que él mismo o ella misma designe. Si la ausencia fuese por un período mayor de 15 días continuos, deberá solicitar autorización al Concejo Municipal.
Como alcalde encargado de Las Tejerías fue designado el presidente del consejo legislativo de Aragua, José Arias. Según la Ley Orgánica del Poder Público Municipal «si la falta temporal se prolonga por más de 90 consecutivos, el Concejo Municipal, con el análisis de las circunstancias que constituyen las razones de la ausencia, declarará si debe considerarse como ausencia absoluta».
Falta absoluta de alcaldes en Falcón y Guárico
Súmate recuerda que también han fallecido dos alcaldes en este año: Argenis Arcaya Romero (PSUV), alcalde del municipio Federación del estado Falcón, quien murió el 11 de febrero, y Raúl Carballo, alcalde de Las Mercedes del Llano (municipio Juan José Rondón del estado Guárico), cuyo deceso fue el 22 de febrero.
Carballo fue electo con 49.59% de los votos en los comicios regionales de 2021 tras ser postulado como candidato de la Alianza Democrática.
La coordinadora electoral de Súmate, Nélida Sánchez, enfatiza que en el caso de falta absoluta por fallecimiento, «el procedimiento de convocatoria a elecciones debe ser inmediato».
La coordinadora electoral de Súmate, Nélida Sánchez, enfatiza que en el caso de falta absoluta por fallecimiento, «el procedimiento de convocatoria a elecciones debe ser inmediato».
En Falcón, nombraron a la concejal Nayrobis Osteicochea como alcaldesa encargada. El nombramiento se hizo 11 días después de la ausencia absoluta del alcalde Arcaya Romero.
Notiespartano/TalCual