La Asamblea de los Estados Partes de la Corte Penal Internacional (CPI) aprobó este viernes 24 de julio la destitución del fiscal Karim Khan, tras concluir que incurrió en una «falta grave» relacionada con acusaciones de conducta sexual indebida. La decisión, respaldada por amplia mayoría de los 125 miembros del organismo, marca la primera vez que un fiscal jefe del tribunal es removido de su cargo.
Khan, de 56 años, permanecía suspendido temporalmente desde el mes pasado mientras se desarrollaba el proceso disciplinario, iniciado luego de que el órgano de supervisión de la CPI recomendara el cese de sus funciones.
Pese a la salida del fiscal, la organización Acceso a la Justicia aseguró que la decisión no tendrá consecuencias sobre la investigación por presuntos crímenes de lesa humanidad en Venezuela.
«Como ya saben, desde hace varios meses, él está separado de esa investigación, por lo que su destitución en este caso no afecta en absoluto al país», afirmó Alí Daniels, director de la organización.
En septiembre de 2025 la propia Corte Penal Internacional aceptó la solicitud de Khan de apartarse del caso Venezuela I, que investiga presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en el país desde al menos 2014.
La decisión fue adoptada con base en el artículo 42.7 del Estatuto de Roma y la regla 35 del Reglamento de Procedimiento y Prueba, luego de que la Corte considerara que existía un posible conflicto de intereses.
Cinco jueces de apelaciones habían solicitado previamente que Khan se inhibiera del expediente debido a que su cuñada, la abogada internacional Venkateswari Alagendra, integraba el equipo jurídico que representa a Nicolás Maduro ante la CPI. Para la Presidencia del tribunal, esa relación familiar «podría llevar a un observador imparcial y razonable a temer la existencia de parcialidad».
Dos procesos sobre Venezuela y el retiro del país de la CPI
La decisión de la Asamblea de los Estados Partes se produjo el mismo día en que el canciller Félix Plasencia anunció que, por orden de Delcy Rodríguez, se notificó al secretario general de la ONU, António Guterres, su decisión de abandonar el Estatuto de Roma e iniciar el retiro de la Corte Penal Internacional.
Según Plasencia, la adopción de la medida responde a que Venezuela considera que la CPI mantiene un «sesgo geográfico demostrado», al concentrar sus actuaciones en países africanos y latinoamericanos.
La salida del Estatuto de Roma activa el procedimiento previsto en el artículo 127 del tratado constitutivo de la Corte. Sin embargo, ese retiro no extingue automáticamente las obligaciones adquiridas mientras el país fue Estado parte, ni impide que continúen los procesos relacionados con hechos ocurridos antes de que la salida se haga efectiva, aclaró Acceso a la Justicia.
Actualmente, la Corte Penal Internacional mantiene dos expedientes vinculados con Venezuela.
El primero, conocido como Venezuela I, es una investigación formal por presuntos crímenes de lesa humanidad, entre ellos torturas y detenciones arbitrarias presuntamente cometidos desde 2014.
El segundo corresponde al examen sobre el impacto de las sanciones internacionales impuestas por Estados Unidos, promovido por el propio Estado venezolano durante la administración de Nicolás Maduro.
La investigación sobre presuntos crímenes de lesa humanidad comenzó formalmente en noviembre de 2021, luego de que seis Estados parte solicitaran a la Fiscalía evaluar la situación venezolana. Desde entonces, la CPI ha mantenido abierto el expediente bajo el principio de complementariedad, según el cual el tribunal interviene únicamente cuando considera que la justicia nacional no puede o no quiere investigar de forma genuina esos delitos.
Notiespartano.com/TalCualDigital


