El Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, a través de la Sala Constitucional, declaró inadmisible la solicitud de revisión presentada por el excandidato Enrique Márquez, respecto a los resultados de las elecciones presidenciales del 28 de julio.
La sentencia fue difundida por el canal estatal Venezolana de Televisión, anuncio en el que se declaró “la validez de las elecciones presidenciales por vía de la paz social”.
El TSJ no admitió la petición de Enrique Márquez
La petición de Márquez fue presentada el 25 de septiembre, bajo la cual intentaba buscar una nulidad del primer anuncio de los resultados por lo que consideró “vicios de inconstitucionalidad”.
Márquez añadió que hubo un claro acto de irrespeto a la voluntad popular expresada en las urnas el pasado 28 de julio.
“Gracias a los expertos nacionales e internacionales en el peritaje de agosto de 2024, se determinó que con base en los resultados, concluimos que los boletines emitidos por el CNE están respaldados por las actas de escrutinio, emitidas por el órgano electoral”, detalló la Sala Constitucional del TSJ.
De acuerdo con los magistrados, del lado de la oposición, representada por el candidato Edmundo González Urrutia, “no consignó material electoral alguno” ante dicha instancia.
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