En Gaceta Oficial publicada el pasado 29 de diciembre del 2022 prorrogan hasta el 30 de julio del 2023 la exoneración de aranceles para el grupo de productos importados que permanecen dentro de la excepción.
Destaca el documento que este decreto tiene por objeto establecer las exoneraciones de impuestos de importación e impuesto al valor agregado a la importación de las mercancías señaladas en el Capítulo II de este Decreto.
Asimismo resalta que el capítulo de exoneraciones que : Se exonera el noventa por ciento (90%) del Impuesto de Importación y el noventa por ciento (90%) del Impuesto al Valor Agregado, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, nuevos o usados, en cuanto sea aplicable, realizadas por los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, así como las realizadas con recursos propios, por las personas naturales o jurídicas, clasificados en los códigos arancelarios señalados en el Apéndice I que forma parte integrante de este Decreto. Este beneficio tributario opera de pleno derecho.
Notiespartano/800Noticias