La Gaceta Oficial número 42.880, con fecha del jueves 16 de mayo, estableció en 9% la tasa de contribución que pagarán las empresas privadas para el fondo de pensiones, en el marco de la reciente ley aprobada por la Asamblea Nacional para mejorar la calidad de vida de los pensionados.
El reglamento de la Ley de Protección de Pensiones de Seguridad Social también indicó que quedan exonerados del pago de la contribución especial los emprendimientos debidamente registrados ante el Registro de Nacional de Emprendimientos (RNE).
«El plazo máximo de duración del beneficio de exoneración establecido en este Decreto será de un (1) año, contado a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial», indicó la Gaceta Oficial.
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) cobrará el aporte a las organizaciones correspondientes cada 30 días a través de los procedimientos para el control fiscal establecidos en el Decreto Constituyente del Código Orgánico Tributario.
Calculo
El cálculo de la cuota de los trabajadores no puede ser menor que el salario mínimo integral de 130 dólares, fijado por el Estado.
Según el articulo 13, la empresa que incumpla la nueva ley, será sancionada con multa de 1.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor.
«Las personas jurídicas de carácter privado, que no presenten la declaración, o la presenten fuera del plazo establecido por la Administración Tributaria, serán sancionadas con multa de mil (1.000) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, publicada por el Banco Central de Venezuela».
Este nuevo impuesto que deberán cancelar las empresas se sumará a la gran presión tributaria que recae en el sector privado, sumado a la competencia que sufren ante la alta informalidad laboral y comercial en el país.
La Asamblea Nacional aprobó la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social el pasado 7 de mayo, luego de que Nicolás Maduro hiciera una solicitud durante el Día del Trabajador.
Actualmente, los pensionados reciben mensualmente lo correspondiente a un salario mínimo de 130 bolívares, monto que se ha mantenido en los últimos dos años pese a la creciente inflación. Adicionalmente, el Estado les paga casi 40 dólares por concepto de Bono de Guerra Económica, beneficio que no tiene incidencia en otros pagos como vacaciones o aguinaldos.
Notiespartano/El Nacional